El Programa MIP del Estado de Pensilvania ha preparado este manual para ayudar a su escuela o guardería a establecer un plan de MIP y así cumplir con la legislación de MIP para escuelas y guarderías de 2002. Esta sección tiene varios documentos que le ayudaran a desarrollar un plan de MIP.

* Legislación escolar sobre MIP: Ley 35 y 36: Quién ¿Qué hace? (páginas 10-11). Esta sección explica lo que exige la legislación de la escuela o guardería, el manejo profesional de plagas, y el Departamento de Agricultura de Pensilvania.

* Declaración de la norma: Norma del MIP para escuelas y guarderías de Pensilvania (páginas 13-14). El primer paso en un programa de MIP es establecer una política organizacional. Lo siguiente es informar a maestros, personal, padres y estudiantes sobre las normas. El aviso puede ser impreso y publicado en tableros de anuncios para informar a todos.

* Plan de MIP- cómo desarrollar la normatividad de MIP y planificación para su distrito escolar o guardería Establecimiento/proveedor (páginas 15-18). Esta es una lista de las partes que pueden ser incluidas en un plan de MIP junto con una plantilla del plan que su organización puede modificar para adaptarse a una situación determinada.

* Contratos: guía especificaciones de contratos o solicitud de propuesta de programas de MIP en escuelas y guarderías de Pensilvania (páginas 19-23). Los funcionarios escolares y de las guarderías pueden encontrar estas pautas útiles al crear especificaciones de oferta para las propuestas de manejo de plagas. Estas especificaciones proporcionarán un punto de partida para aquellas instalaciones que requieren servicios de agentes externos. Si se usa como plantilla para contratos, estas pautas deben proporcionar al encargado de plagas descripciones y detalles necesarios para ofrecer un MIP de calidad en las instalaciones de escuelas y guarderías

Formularios:

  • Ejemplo de carta de notificación para padres o tutores. Esta plantilla puede ser modificada para que la escuela la use para generar una lista de padres y tutores que quieren ser notificados de cada pesticida aplicado. Esta carta deberá enviarse en el inicio de cada año escolar.
  • Muestra de hoja de información de control de plagas (página 27). Esta hoja se puede usar para notificar personal, padres y tutores sobre aplicaciones de pesticidas.
  • Ejemplo de aviso de aplicación de pesticidas (página 28). La publicación requerida por la legislación debe ser de al menos 8½ por 11 pulgadas y debe ser publicada 72 horas antes y durante 48 horas después de cualquier aplicación de pesticidas.
  • Registro de observación de plagas de MIP (página 29). El registro de observación de una plaga debe mantenerse en cada instalación, edificio, piso o habitación, o en el lugar sea más práctico con su plan de MIP. Una persona (el coordinador de todo el distrito o coordinador del edificio) debe ser designado para monitorear este documento. Todos los empleados en el área correspondiente deben saber quién es esta persona e informarle sobre cualquier avistamiento de plagas. El coordinador de plagas revisará este documento al comienzo de cada visita para responder adecuadamente. Algunos de los tratamientos que se realizan deben ser registrados en este documento por el encargado del manejo de plagas. La revisión de este formulario debe ser incluida como parte del proceso periódico del control de plagas del operador.
  • Listado MIP de verificación para la inspección de cafeterías (páginas 30-31). Debido a que las áreas de manipulación de alimentos tienden a ser la fuente de muchas infestaciones de plagas, un formulario de inspección debe ser proporcionado por separado para las cafeterías. El encargado de las plagas puede usar este documento para garantizar una inspección completa y exhaustiva. Durante cada inspección, se debe completar una lista de verificación. El encargado de plagas no debe limitar la inspección únicamente a lo que está indicado en la lista de verificación, sino que también debe proporcionar sus comentarios en el formulario. El coordinador de MIP debe revisar los comentarios del encargado de plagas en la lista de verificación y tomar las medidas apropiadas.

Legislación escolar sobre MIP

Ley 35 y 36: ¿Quién hace qué?

En abril de 2002, el gobernador de Pensilvania firmó dos proyectos de ley que obligan a la adopción de un plan de MIP para cada distrito escolar, unidad intermedia, área de escuela vocacional-técnica en el estado, y un período de notificación y publicación de 72 horas antes del uso de pesticidas en las escuelas o guarderías. En 2012, se determinó que las instalaciones de las guarderías, cubiertas por la Ley de Control de Pesticidas de 1973, también estaban sujetas a estas regulaciones. Las escuelas autónomas reciben fondos de los distritos escolares, por lo tanto, también están sujetas a estas regulaciones. Las escuelas privadas y parroquiales no lo están, pero nosotros alentamos el cumplimiento voluntario de estas regulaciones para el beneficio de la salud infantil y la adopción de las mejores prácticas de manejo.

El MIP es un enfoque para el manejo de plagas que minimiza los efectos sobre la salud humana y contaminación del medio ambiente. MIP es un proceso de toma de decisiones para manejar las plagas a través de una combinación de saneamiento, exclusión, y tácticas sin productos de síntesis química en lugar de depender exclusivamente de pesticidas. A lo largo del tiempo, la eficiencia del programa de MIP puede ahorrar dinero a las escuelas y guarderías, y reducir la exposición de los niños a plagas y pesticidas.

La Ley 35 modifica el Código de Escuelas Públicas de 1949 al agregar la sección 772.1 -- Programa de manejo integrado de plagas. Esta ley solicito que los distritos escolares de Pensilvania adopten un plan de MIP a partir de 1 de enero de 2003, y encarga a PDA:

  • Mantener un registro de hipersensibilidad (esta es ya una practica actual). Información sobre del registro de hipersensibilidad se puede encontrar en la sección de "Recursos adicionales" al final de este manual.
  • Designar un coordinador de MIP.
  • Preparar un acuerdo estructural estándar de MIP (consulte "Especificaciones de la guía de contrato" en las páginas 19-23).
  • Proporcionar otros materiales y asistencia para ayudar a las escuelas a desarrollar un plan de MIP. (Este manual se puede adquirir en el programa de Extensión de la Universidad Penn State desde su página de internet "extension.psu.edu" o llamando al 1-877-345-0691.)

* Promulgar regulaciones. (La Ley de Control de Pesticidas de 1973 y regulaciones sobre el uso de pesticidas en Pensilvania.)

La Ley 36 modifica el código, agregando la sección 772.1 -- Notificación de tratamiento de pesticidas en las escuelas. Esta sección proporciona responsabilidades especificas a los aplicadores de pesticidas y a la escuela.

Antes de cualquier aplicación de pesticida, ya sea en un edificio escolar o en zonas verdes alrededor de la escuela, es la responsabilidad del aplicador de pesticidas suministrar al administrador principal de la escuela o al gerente del edificio lo siguiente:

  • Una hoja de información de control de plagas con la fecha de tratamiento; nombre, dirección y teléfono número del aplicador; y el pesticida a ser utilizado (ver muestra en la página 27).
  • Una señal de aviso de control de plagas de al menos 8½ pulgadas por 11 pulgadas de tamaño (ver muestra en la página 28).

Las responsabilidades del distrito escolar son las siguientes:

  • Colocar una señal de aviso de control de plagas en un área de acceso común donde las personas vean el letrero al menos tres días antes y dos días después de cada tratamiento planificado.
  • Proporcionar una copia de la información de control de plagas (copia impresas o por correo electrónico) a cada persona que trabaja en el edificio de la escuela por lo menos tres días antes del tratamiento.
  • Notificar a los padres o tutores de los estudiantes matriculados en la escuela al menos tres días antes de cada tratamiento planificado. El aviso, el cual puede consistir de la hoja con información de control de plagas, se debe proporcionar a todos los padres o guardianes a través de medios de comunicaciones comunes en la escuela o a través de un listado escolar de notificación de aplicación de pesticidas a padres o tutores inscritos.
  • Prohibir la aplicación de pesticidas dentro de un edificio de escuela, guardería, o en zonas verdes donde se espera que los estudiantes estén presentes dentro de las siete horas siguientes a la aplicación, excepto donde las plagas plantean una amenaza inmediata para la salud y seguridad de estudiantes o empleados. En este caso, la institución puede autorizar la aplicación de un pesticida de emergencia y luego notificar por teléfono cualquier padre o tutor que haya solicitado tal notificación.
  • Mantener registros detallados de todos los controles químicos de plagas durante al menos tres años. Estos registros pueden ser proporcionados por el aplicador de pesticidas si está incluido en la solicitud de propuesta.

Excepciones: Ninguno de las solicitudes anteriores se aplica a la aplicación de desinfectante y productos antimicrobianos; cebos auto-contenidos en áreas no accesible para los estudiantes; cebos tipo gel colocados en grietas o huecos; o productos químicos para el mantenimiento de la piscina. Otras leyes estatales, sin embargo, requieren el mantenimiento de registros de los cebos y productos químicos de mantenimiento de piscinas (pero no los productos desinfectantes y antimicrobianos). En consecuencia, se solicitará los registros de aplicación de pesticidas para estos tratamientos y deben mantenerse por al menos tres años.

Una lista de preguntas frecuentes acerca de las leyes se proporciona al final de este manual (página 163).

El Programa de MIP de Pensilvania puede ayudarle a establecer un MIP para su hogar o propiedad. Si necesita asistencia, contáctenos en el Departamento de Agricultura de Pensilvania al teléfono 717-787-4843, o en la Universidad Penn State al 814-865-1895.